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domingo, 16 de septiembre de 2012

Pasaportes

 

 

 

 

 Pasaporte Ordinario

En el territorio nacional, este pasaporte lo expide el Ministerio de Relaciones Exteriores  en las oficinas de pasaportes ubicadas en la ciudad de Bogotá D.C. y  en las Gobernaciones a los colombianos que necesiten salir del país. El pasaporte ordinario consta de treinta y dos (32) páginas y su vigencia será de 10 años.

  Requisitos para Mayores de Edad:

  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos,  registren sus huellas y su  firma.
  • Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (Amarilla con Hologramas)
En los casos en que el solicitante del pasaporte NO cuente con la cédula de ciudadanía en formato válido, podrá solicitar el pasaporte con los siguientes documentos de acuerdo a la situación particular de cada usuario:

a. Contraseña por primera vez o rectificación expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe ir con fotografía y huella. Acompañada del Registro Civil copia auténtica expedida por la oficina de inscripción.
b. Comprobante en trámite de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía acompañado de la consulta en línea de la fecha de expedición de la cédula que se puede descargar a través de la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Presentar pasaporte anterior si lo tiene.
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación del solicitante sobre tal circunstancia al oficial de servicio en la oficina de expedición, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.
Tenga en cuenta que usted no debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.

  Requisitos para Menores de Edad:

El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal. Si éstos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán designar a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente: Si los padres o su representante legal se encuentran en territorio nacional la autorización deberá efectuarse mediante poder especial autenticado ante notario público, o si se encuentran en el exterior, mediante poder especial legalizado ante el cónsul de Colombia, o si se encuentra en el exterior donde no exista consulado de Colombia, mediante poder especial otorgado ante la autoridad competente con presentación personal debidamente apostillado o legalizado.
Este documento se deberá presentar para la solicitud de expedición y para la entrega del pasaporte.
  • Dirigirse a una de las oficinas de pasaportes destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que usted presente los documentos pertinentes e igualmente le tomen las fotos,  registren sus huellas y su  firma.
  • Presentar copia original o auténtica del registro civil de nacimiento del menor, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
  • Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
  • En caso de pérdida o hurto del pasaporte, bastará la afirmación de los padres del menor o su representante legal  sobre tal circunstancia, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad del juramento.
  • Efectuar el pago correspondiente en la oficina donde realice el trámite, en la entidad bancaria o por los medios electrónicos establecidos para tal fin.  
Tenga en cuenta lo siguiente:
Entre los 7 (siete) a los 17 (diecisiete) años de edad:
  • Presentar copia original o auténtica del registro civil de nacimiento, que reposa en la oficina donde se asentó el registro civil de nacimiento.
  • Presentar tarjeta de identidad original o contraseña de la tarjeta de identidad expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Tenga en cuenta que usted no debe llevar fotos, estas serán tomadas en la oficina de pasaportes en la cual usted realice el trámite.

BOGOTÁ D.C.: Ministerio de Relaciones Exteriores, Bogotá D.C.
  • Pasaportes Sede Norte: Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100.
     
  • Pasaportes Sede Calle 53: Calle 53 No 10-60/46 Piso 2.
Horario de atención al público:
  • Para expedición Lun-Vie de 8:00 am a 3:00 pm.
  • Para entrega de pasaportes Lun-Vie de 9:00 am a 4:00 pm.
Para reclamar su pasaporte:
  • El titular deberá presentarse con su documento de identificación original y el comprobante de pago para reclamar su pasaporte.
     
  • Para reclamar el pasaporte de un menor de edad, podrá ser retirado por el padre, madre, representante legal o apoderado con quien el menor efectuó el trámite de su solicitud, mediante la presentación del documento de identificación del mayor de edad, el registro civil de nacimiento del menor o la tarjeta de identidad, según sea el caso, acompañado del recibo de pago. Adicional a esto, si el trámite lo realizo un menor de edad acompañando de un apoderado, esté deberá presentar el documento que lo acredita como tal, en el momento de  la solicitud y de la entrega del pasaporte.
Valor: $131.000


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